Ley que Restituye Recursos a los Gobiernos Locales
LEY Nº 27616
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE RESTITUYE RECURSOS A LOS GOBIERNOS LOCALES
Artículo 1.- Modifica artículos de la Ley de Tributación Municipal
Modifícanse los siguientes artículos de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, en el siguiente sentido:
"Artículo 7.- Los Registradores y Notarios Públicos deberán requerir que se acredite el pago de los impuestos señalados en los incisos a), b) y c) a que alude el artículo precedente, en los casos que se transfieran los bienes gravados con dichos impuestos, para la inscripción o formalización de actos jurídicos.
Artículo 17.- Están inafectos al pago del impuesto los predios de propiedad de: